Sucesión intestada
La sucesión intestada declara quiénes son los herederos de una persona que falleció sin testamento, para que puedan inscribir y disponer de sus predios.
- Plazo referencial
- 2 a 3 meses
- Se tramita ante
- Notaría (vía no contenciosa) y SUNARP
- Aplica a
- Urbanos y rurales
- Honorarios
- Cotización gratuita
¿Cuándo necesitas este trámite?
- El propietario inscrito falleció sin testamento
- Los herederos quieren vender o dividir el predio
- Necesitas pasar el predio a nombre de la familia
Mientras no se declare a los herederos, el predio sigue a nombre del fallecido y nadie puede venderlo, dividirlo ni hipotecarlo.
¿Cómo es el trámite notarial?
- Solicitud ante notario con las partidas de defunción, nacimiento y matrimonio.
- Anotación preventiva en SUNARP y publicación en El Peruano y un diario.
- Pasados 15 días útiles desde la última publicación sin oposición, el notario protocoliza el acta de sucesión.
- Inscripción de la sucesión y luego de los herederos como propietarios del predio.
Requisitos: checklist de documentos
Marca lo que ya tienes. Tu avance se guarda en este dispositivo.
Base legal: Ley 26662 (Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos); Código Civil. Información referencial: los requisitos y plazos pueden variar según la notaría, municipalidad o Gobierno Regional.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto demora una sucesión intestada notarial?
Suele tomar entre uno y dos meses, porque incluye publicaciones y un plazo de 15 días útiles para oposiciones antes de la inscripción.
¿Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo?
La sucesión igual declara a todos los herederos como copropietarios. La división del predio se acuerda después o, si no hay acuerdo, se pide judicialmente.
Solicita tu cotización de sucesión intestada
Revisamos tus documentos y te enviamos plazos y una cotización cerrada, sin compromiso.