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Acumulación de predios en SUNARP: requisitos para unir dos o más lotes

Por Equipo JADP Inmobiliaria · · Actualizado el 8/10/2026 · 3 min de lectura

La acumulación es el trámite para unir en una sola partida dos o más predios colindantes del mismo propietario. Se inscribe en SUNARP con un documento privado del propietario con firma certificada por notario, un plano de acumulación firmado por un profesional y la información catastral del predio resultante. Es común antes de construir un edificio sobre varios lotes.

¿Qué es la acumulación de predios?

Es el acto por el que dos o más predios colindantes se unen en uno solo, con una nueva partida registral. Es lo contrario de la independización o subdivisión.

Se usa, por ejemplo, para construir un edificio sobre dos lotes, para regularizar una casa construida sobre dos terrenos o para ordenar una propiedad dividida en varias partidas.

¿Qué condiciones deben cumplir los predios?

  • Deben compartir al menos un lindero (ser colindantes).
  • Deben pertenecer al mismo propietario o a los mismos copropietarios.

¿Qué requisitos pide SUNARP?

  1. Solicitud de inscripción de título y copia del DNI del presentante.
  2. Documento privado del propietario o copropietarios solicitando la acumulación, con firmas certificadas por notario.
  3. Plano de acumulación firmado por un profesional competente.
  4. Planos y códigos catastrales del predio resultante (D.S. 002-89-JUS; descárgalo aquí) o la constancia negativa de catastro de la municipalidad.
  5. Pago de los derechos registrales.

El documento y el plano deben indicar el área, linderos y medidas de cada predio que se acumula (con su partida) y los del predio resultante, con su nueva denominación.

Casos especiales

  • Acumulación dentro de una regularización de fábrica: si se pide junto con la regularización con verificador común, no se exigen el plano y el código catastral.
  • Predios con hipotecas, embargos u otras cargas: deben trasladarse a la partida resultante, según las reglas del Reglamento de Inscripciones (artículo 68). Revisa la partida antes de presentar.
  • Predios rurales: tienen reglas propias (artículo 67 del Reglamento).
  • Si los lotes tienen áreas o linderos distintos a los inscritos, primero hay que corregirlos con una rectificación de área y linderos.

¿Cuánto demora?

La elaboración del plano y la información catastral toma algunas semanas, según la municipalidad. En SUNARP, la calificación sigue los plazos normales de un título. Si quieres que lo hagamos completo, empezamos con el levantamiento topográfico.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acumular lotes que no son vecinos?

No. Deben compartir al menos un lindero.

Los lotes son de dos hermanos, ¿se pueden acumular?

Solo si ambos son copropietarios de los dos lotes. Si cada uno es dueño de un lote, primero hay que transferir para que el titular sea el mismo.

¿La acumulación cambia el número de partida?

Sí, el predio resultante se inscribe en una nueva partida y las anteriores se cierran.

Equipo JADP Inmobiliaria
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